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Señales de Alerta en las
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Página Principal › 14 Señales de Alerta › Mecanismos de Presentación de Denuncias › Señal de Alerta 10

SEÑAL DE ALERTA 10 Mecanismos de Presentación de Denuncias

No existe un mecanismo de presentación de denuncias a nivel del esquema y/o no existe un requisito para un mecanismo de presentación de denuncias en el estándar

Riesgo reputacional Riesgo legal

Qué significa esto
Por qué los inversionistas deberían tomar interés
Qué se debe buscar

El derecho a la reparación es un derecho humano fundamental que se encuentra en todos los principales instrumentos internacionales de derechos humanos. Los Principios Rectores de las Naciones Unidas (PRNU) establecen específicamente que “la industria, las iniciativas de colaboración entre múltiples partes interesadas y otras iniciativas basadas en el respeto de las normas relacionadas con los derechos humanos deben garantizar la disponibilidad de mecanismos eficaces de presentación de denuncias.”1 El Código de Garantía de Buenas Prácticas de ISEAL también destaca la importancia de los mecanismos de presentación de denuncias, y exige que:

El propietario del esquema deberá contar con un procedimiento de resolución de reclamos accesible al público, y exigirlo también a sus proveedores de servicios de auditoría y organismos de supervisión. Cada procedimiento exigirá al organismo correspondiente que investigue y tome las medidas pertinentes respecto a los reclamos dentro de los plazos definidos; revise y adopte las medidas correctivas necesarias; y mantenga un registro de todos los reclamos y las medidas resultantes, que estará disponible para auditorías internas y revisiones de la gestión.2

Los mecanismos de presentación de denuncias son fundamentales para detectar infracciones de las normas de un esquema y garantizar la rendición de cuentas. Las auditorías por sí solas son insuficientes ya que, incluso cuando se realizan correctamente, solo ofrecen una visión general de las condiciones en una parte de las operaciones y en un momento determinado. Además, el engaño en las auditorías (esfuerzos por ocultar abusos laborales y de derechos humanos) es común3 (ver Señal de Alerta 6). Cuando las auditorías descubren infracciones, puede haber medidas correctivas, pero rara vez se prevén recursos para los titulares de derechos.

Las iniciativas comúnmente requieren que las entidades participantes tengan un mecanismo de presentación de denuncias. Este mecanismo debe cumplir con los criterios de efectividad del PRNU 31 sobre mecanismos de presentación de denuncias no judiciales (ver Señal de Alerta 11) e incluir a los titulares de derechos en su diseño e implementación (ver Señal de Alerta 2). Adicionalmente, los esquemas necesitan un mecanismo de presentación de denuncias propio como control de la gestión de las quejas por parte de la entidad, y para asegurar que la iniciativa no dé luz verde a una entidad que causa o contribuye a impactos adversos. Ninguna iniciativa debe impedir que una comunidad busque reparación; deben existir mecanismos de presentación de denuncias a nivel de proveedor, comprador e iniciativa.

Notas al pie

1 Naciones Unidas, Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Aplicación del marco de las Naciones Unidas para “proteger, respetar y remediar” (2011), 32–33, https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/publications/guidingprinciplesbusinesshr_en.pdf.

2 ISEAL, Asegurando el Cumplimiento de las Normas Sociales y Ambientales: Código de Buenas Prácticas de ISEAL, Versión 2 (enero de 2018), https://www.isealalliance.org/get-involved/resources/iseal-assurance-code-good-practice-version-20.

3 Transparentem, Daño oculto: el engaño en las auditorías de las cadenas de suministro de prendas de vestir y la necesidad urgente de una reforma (octubre de 2021), 2, https://transparentem.org/project/hidden-harm/.

Las iniciativas de sostenibilidad que no exigen que las entidades adherentes y los miembros tengan un mecanismo de presentación de denuncias crean el riesgo de que un daño grave continuo pueda pasar desapercibido. Muchas empresas e iniciativas son evasivas en este punto: afirman que existen mecanismos de presentación de denuncias, a pesar de que su implementación no es generalizada. Por ejemplo, las empresas podrían destacar programas piloto para dar la impresión de que los mecanismos de presentación de denuncias son comunes a todos los proveedores, incluso cuando no es así.

Un informe de 2018 sobre Aceite de Palma Sostenible de Indonesia (ISPO) de Profundo, organización de investigación neerlandesa, concluyó que las normas ISPO “no incluyen ningún mecanismo de presentación de denuncias para los trabajadores. El único mecanismo de presentación de denuncias está relacionado con las disputas sobre tierras y la compensación. La legislación nacional de Indonesia brinda protección a los trabajadores, pero esto no se menciona en la norma.”1 El informe recomendó que ISPO estableciera un mecanismo de presentación de denuncias.

→ Demuestra: Riesgo reputacional, riesgo legal.

Notas al pie

1 Retno Kusumaningtyas, Preocupaciones externas sobre los esquemas de certificación RSPO e ISPO (Profundo, 21 de enero de 2018), 2, 25, https://www.foeeurope.org/sites/default/files/eu-us_trade_deal/2018/report_profundo_rspo_ispo_external_concerns_feb2018.pdf.

Los inversionistas deben revisar el estándar de la MSI para determinar si exige que los participantes (miembros, entidades certificadas o sujetas a evaluación) mantengan un mecanismo operativo de atención a reclamos. De ser así, se debe solicitar evidencia de su existencia; de no ser así, se deben solicitar planes y un cronograma para establecerlos.

Los siguientes son algunos ejemplos de buenas prácticas:

➔ Los indicadores de Verificación del Desempeño de Marca de Fair Wear exigen que las empresas miembros apoyen activamente mecanismos operativos de presentación de denuncias. Según el sitio web, su mecanismo funciona como una válvula de escape cuando otras opciones fallan o los trabajadores no confían en ellas.

➔ En 2020, después de una queja de UK National Contact Point contra Bonsucro, la iniciativa actualizó su Código de Conducta con una disposición que estipula que los miembros que sean objeto de reclamos por incumplimiento del código “aceptan los términos del mecanismo de presentación de denuncias de Bonsucro.”1 El mecanismo de presentación de denuncias está disponible en español, portugués e inglés, y se alinea con los Criterios de Efectividad de los Principios Rectores de las Naciones Unidas2 (ver Señal de Alerta 11). En su actualización del Estándar de Producción de 2023, Bonsucro designó un mecanismo de presentación de denuncias alineado con los Principios Rectores de las Naciones Unidas como “Indicador Central.”3

Notas al pie

1 “Código de Conducta de Bonsucro v2,” Bonsucro, abril de 2020, https://bonsucro.com/wp-content/uploads/2020/11/Bonsucro-Code-of-Conduct.pdf.

2 “Mecanismo de Presentación de Reclamos de Bonsucro,” Bonsucro, junio de 2020, https://bonsucro.com/bonsucro-grievance-mechanism/. Véase el Criterio 1.4 (Indicador 1.4.2) del Bonsucro, Estándar de Producción, Versión 5 (julio de 2023), 13, https://bonsucro.com/wp-content/uploads/SCH_Bonsucro-Production-Standard-V5.2-July-2023-ENG.pdf.

3 “Mecanismo de Presentación de Reclamos de Bonsucro,” Bonsucro, junio de 2020, https://bonsucro.com/bonsucro-grievance-mechanism/.

Lista de verificación para la Señal de Alerta 10

¿La iniciativa exige que las entidades miembro cuenten con un mecanismo de reclamos que cumpla con los criterios de efectividad establecidos en el PRNU 31?


¿La iniciativa exige que las entidades miembro informen sobre la frecuencia con la que se utiliza el mecanismo de reclamos?


¿La propia iniciativa cuenta con un mecanismo de presentación de denuncias que se utiliza, e informa sobre la frecuencia con la que se utiliza?

¿Listo para evaluar una iniciativa?

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Este proyecto es una colaboración entre las siguientes organizaciones:
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